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Que tus obligaciones tributarias no te cojan por sorpresa este 2023

Foto: Impulsa Popular.

Conoce el calendario de la Dian y prográmate para pagar tus impuestos oportunamente

Mediante el Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022, el Gobierno nacional estableció los plazos para que los y las contribuyentes y responsables de impuestos nacionales cumplan con sus obligaciones tributarias sustanciales y formales este año.

A continuación presentamos los plazos de las obligaciones tributarias de mayor interés para las personas naturales y jurídicas:

Impuesto sobre la Renta y Complementario para personas naturales y sucesiones ilíquidas

Los plazos para presentar la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2022 para las personas naturales y las sucesiones ilíquidas,seráen una sola cuota a partir del 9 de agosto y hasta el 19 de octubre de 2023, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

Fuente: Dian

Si resides en el exterior debes cumplir los plazos mencionados anteriormente. Ten presente que este trámite se puede realizar a través de internet.

Impuesto sobre la Renta y Complementario para Grandes Contribuyentes

Las personas naturales, jurídicas o asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial y demás entidades calificadas como Grandes Contribuyentes, deberán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2022 y pagar el valor del impuesto en tres cuotas, teniendo en cuenta el último dígito del NIT:

Pago primera cuota: Entre el 7 y el 20 de febrero de 2023.

Presentación de declaración y pago segunda cuota: Entre el 10 y el 21 de abril de 2023.

Pago tercera cuota: Entre el 7 y el 22 de junio de 2023.

Las instituciones financieras calificadas como Grandes Contribuyentes, obligadas al pago de la sobretasa, liquidarán un anticipo calculado sobre la base gravable del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2022, efectuando el pago en dos cuotas iguales, de acuerdo con el último dígito del NIT:

Pago primera cuota 50%: Entre el 10 y el 21 de abril de 2023.

Pago segunda cuota 50%: Entre el 7 y el 22 de junio de 2023.

Impuesto sobre la Renta y Complementario personas jurídicas

Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los Grandes Contribuyentes deberán realizar en dos cuotas iguales el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario año gravable 2022:

Presentación de declaración y pago de primera cuota: Del 10 de abril al 8 de mayo de 2023, teniendo presente los dos últimos dígitos del NIT.

Pago segunda cuota: Del 7 al 21 de julio de 2023, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

Fuente: Dian

Para obtener información detallada acerca de la declaración de la renta para sociedades, entidades extranjeras o personas naturales que presten servicios de transporte aéreo, marítimo, terrestre o fluvial, o que sean del sector cooperativo del Régimen Tributario Especial, haz click AQUÍ.

Allí mismo encontrarás todo lo relacionado con el cumplimiento de obligaciones en las categorías: Obras por impuestos, Declaración anual de activos en el exterior, Declaración informativa y documentación comprobatoria de precios de transferencia, Impuesto sobre las Ventas – IVA, Impuesto Nacional al Consumo, Retención en la Fuente, Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM, Impuesto Nacional al Carbono, Régimen Simple de Tributación – RST

Consulte el calendario tributario completo AQUÍ

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